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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 19
PRESCRIPCION, POSESION PARA LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 19
Sólo la posesión que se adquiere y disfruta en concepto de dueño de la cosa poseída puede producir prescripción. Ahora bien, si del Registro Público aparece que el propietario de un inmueble es determinada compañía, es obvio que es ésta, la poseedora del mismo y no quien se ostenta como tal, porque éste no puede tener la posesión a título de dueño, ni menos transmitirla a un tercero, ya que la posesión da al que la tiene la presunción de propietario para todos los efectos legales.
Precedentes
Amparo civil directo 992/53. Colín Cruz Carlota. 1o. de abril de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rafael Rojina Villegas y Vicente Santos Guajardo. Relator: Hilario Medina.