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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 56
TESTIGOS, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 56
Si los testigos no rinden directamente su testimonio ante el juzgado del conocimiento, y solamente se concretan a ratificar ante éste lo dicho por ellos en una averiguación penal, es indudable que tales declaraciones no son recibidas en el juicio, de acuerdo con las prescripciones que sobre el particular establece la ley, y por tanto carecen de eficacia probatoria plena.
Precedentes
Amparo civil directo 870/53. Servicio de Transporte Eléctrico del Distrito Federal. 2 de abril de 1954. Mayoría de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.