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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340869
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 152
ESCRITURAS PRIVADAS DE COMPRAVENTA, SON TITULOS EJECUTIVOS (LEGISLACION DE GUERRERO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 152
Una acción ejecutiva no deja de ser de esta especie sólo por el hecho de provenir de una compraventa que conste en escritura privada, si está autenticada legalmente. por otra parte, los contratos recíprocos, como el de compraventa, dan lugar a obligaciones recíprocas derivadas del contrato, mismos que puede intentarse en la vía ejecutiva, cuando una de las partes ya cumplió la prestación conforme al artículo 44 del Código de Procedimientos Civiles, y basta con que la firma quede autentificada en la forma prevista por la ley, para que el contrato constante de escritura privada constituya un título que trae aparejada ejecución.
Precedentes
Amparo civil directo 238/53. Tapia Manuel. 7 de abril de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente y ponente: Vicente Santos Guajardo.