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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340898
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 367
COSTAS, CONDENACION EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 367
Es improcedente el agravio consistente en haber sido condenado en costas, sin que fuesen conformes de toda conformidad, los resolutivos de las sentencias de primera y segunda instancias, si queda por demostrar que de las actuaciones no aparece que el quejoso se haya conducido con temeridad o mala fe.
Precedentes
Amparo civil directo 2043/53. Wuthenau Alejandro. 22 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Gabriel García Rojas.