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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340909
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 474
DIVORCIO, PRUEBA EN EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 474
Aunque no parezca que el actor haya confesado que abandonó a su esposa para irse a vivir con otra mujer, en el juicio debe tomarse en cuenta la copia certificada de la sentencia que condenó al marido por el delito de bigamia consistente en haberse casado precisamente con la persona con quien se le imputa que se fue a vivir.
Precedentes
Amparo civil directo 2102/53. Ceballos de Cervantes Socorro. 28 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Rafael Rojina Villegas no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.