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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 579
AMPARO, CONSTANCIAS PARA EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 579
Si el quejoso no aporta copia certificada de las constancias suficientes para decidir sin son ciertos o no los hechos en que fundan su violación, no ha lugar a tener por acreditado éste.
Precedentes
Amparo civil directo 2440/53. Román Solana Eleuterio. 3 de mayo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Rafael Rojina Villegas no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.