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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340936
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 630
ARRENDAMIENTO (FACULTADES PARA SUBARRENDAR).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 630
Si en una cláusula de un contrato de arrendamiento se autoriza al arrendador para subarrendar, pero con la condición de no destinar la parte subarrendada a determinados fines, el hecho que celebre dicho contrato, autorizando al subarrendatario para destinar el local subarrendado a cualquiera clase de comercio, sin restricción alguna, entraña violación a las limitaciones establecidas en la cláusula que permite el subarrendamiento.
Precedentes
Amparo civil directo 4785/53. Escandón Guadalupe de Landa de. 6 de mayo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Hilario Medina.