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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340982
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1144
HEREDEROS, EL AUTO QUE LOS RECONOCE, NO CAUSA ESTADO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1144
El auto que reconoce el carácter de heredero de una persona, no causa estado, si no se dicta en juicio contencioso, sino en el procedimiento especial de un juicio sucesorio.
Precedentes
Amparo civil directo 3294/53. Secretaría de Salubridad y Asistencia. 9 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Rafael Rojina Villegas.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXXIII, página 1398, tesis de rubro "HEREDEROS, RECONOCIMIENTO DE SUS DERECHOS, EN LOS JUICIOS SUCESORIOS.".