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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1149
SEGUROS, PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1149
Si de la póliza se desprende que el pago respectivo debe hacerse siguiendo el principio de la proporcionalidad, es evidente que no puede demandarse lo que excede de dicho margen, porque al intentarlo el actor carece de causa de pedir.
Precedentes
Amparo civil directo 5896/51. Compañía Industrial Rosita, S. A. 9 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Rafael Rojina Villegas.