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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1559
COMPRAVENTA, SUPLANTACION DEL VENDEDOR.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1559
Si aparece que una persona con los mismos nombres de otra, vende un inmueble de ésta, no se está en el caso de venta de una cosa ajena, que traería como consecuencia la nulidad de la operación por tratarse de un acto jurídico ilícito, sino que se trata de suplantación de la persona vendedora, y esto lleva imbíbita la ausencia de consentimiento y por lo mismo la inexistencia del acto jurídico.
Precedentes
Amparo civil directo 2193/52. Arcos Ramírez Gerardo. 21 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Engrose: Rafael Rojina Villegas.