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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341018
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1857
ACCION, SI NO SE ACREDITA, DEBE ABSOLVERSE AL REO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1857
Si la acción no se acredita, debe absolverse al reo, aunque éste haya o no probado sus excepciones. Para dictar sentencia absolutoria basta establecer que el demandante no probó su acción y resulta irrelevante lo que se decida, o se omita toda decisión, respecto de las excepciones.
Precedentes
Amparo civil directo 4883/43. Coope José Suc. de. 30 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Integra jurisprudencia 4/85. 4a. Parte. 3a. Sala. Posición 25.