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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341034
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 157
PERSONALIDAD, ESTUDIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 157
La personalidad, como la competencia, es un presupuesto procesal, respecto de cuya existencia no pueden alegar las partes la preclusión; de ahí que la autoridad judicial pueda examinar si ese presupuesto procesal quedó debidamente establecido, en el momento en que se le plantea la cuestión. Por tanto, el auto que admite la demanda no precluye, ni basta la confesión ficta del reo para tener por demostrada la personalidad, pues por ser éste, como se ha dicho, un presupuesto del proceso, es necesario que conste de modo fehaciente el carácter que se atribuye al actor al demandar.
Precedentes
Amparo civil directo 4393/53. Canales Julia. 4 de enero de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Relator: José Castro Estrada.