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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 164
PERITOS, JUICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 164
Si no se objetan las razones en que se funda el tribunal para otorgarle valor probatorio al dictamen de un perito, la sentencia respectiva debe quedar en pie en la parte relativa, por falta de impugnación.
Precedentes
Amparo civil directo 1257/53. Partida Crespo Carlos y coagraviado. 4 de enero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y Agustín Mercado Alarcón. Relator: José Castro Estrada.