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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341050
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 193
ARRENDAMIENTO, LA PRORROGA DEL, NO ENTRAÑA MODALIDADES AL DERECHO DE PROPIEDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 193
La Suprema Corte ha precisado lo que debe entenderse por "modalidades a la propiedad privada" y ha sostenido que la prórroga indefinida de los contratos de arrendamiento no entraña una modalidad al dominio, sino una limitación a la autonomía de los particulares en la esfera del derecho civil, y una restricción a la libertad contractual.
Precedentes
Tomo CXIX, página 3872. Indice Alfabético. Amparo civil directo 5846/45. Florencio Victoria. 4 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CXIX, página 3872. Indice Alfabético. Amparo civil directo 191/44. Seeman Adolfo. 14 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CXIX, página 193. Amparo civil directo 7358/44. Muerza Colina Eugenio. 5 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.