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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341060
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 205
HEREDERO APARENTE, VALIDEZ DE LOS ACTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 205
La Suprema Corte ha establecido que aunque el Código Civil de 1884 no contiene precepto que prevea de manera específica la suerte que deban correr los actos ejecutados por el heredero aparente, sin embargo, una interpretación del sistema que acoge la ley en cuanto a las situaciones jurídicas creadas por los actos de disposición de bienes por quienes ostentan sobre ellos un título aparente, permite apartarse de la norma clásica de desconocer toda validez a los actos del heredero aparente, debido a la inseguridad absoluta que la aplicación de esta regla provoca en las operaciones con inmuebles, originando la desconfianza de los compradores e inversionistas, y entorpeciendo la circulación de la riqueza y del crédito inmobiliario, por todo lo cual, y en virtud de la equidad, deben respetarse los derechos de los adquirentes de buena fe derivados del acto jurídico que celebraron con el heredero aparente, contra quien puede repetir el heredero verdadero.
Precedentes
Amparo civil directo 3976/39. Machín viuda de Calleja Dolores. 6 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.