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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341078
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 299
ADQUIRENTES DE BUENA FE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 299
Si la demandada adquirió el inmueble de quien tenía derecho para venderlo, por aparecer inscrito a su nombre en el registro público de la propiedad, no puede ser considerada como adquirente de mala fe, no sólo por el motivo ya indicado, sino porque es principio admitido en derecho civil el de que la buena fe se presume, salvo prueba en contrario.
Precedentes
Amparo civil directo 7943/50. Mijangos Librado y coagraviados. 12 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.