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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341085
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 343
ACCIONES Y EXCEPCIONES, REQUISITOS PARA LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 343
Dadas las corrientes modernas del derecho procesal que tienden a desterrar fórmulas sacramentales, estas no son necesarios para ejercitar las acciones ni oponer las excepciones, máxime si se tiene en cuenta que es de universal observancia el principio de que a las partes toca exponer y probar los hechos y al Juez aplicar el derecho.
Precedentes
Amparo civil directo 3188/53. Galván Julio S. 14 de enero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.