Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/341103
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 415
SENTENCIAS, CONGRUENCIA DE LAS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 415
La congruencia de las sentencias con la demanda y la contestación, consiste en la congruencia que debe haber entre el fallo y la litis contestatio, y no en que necesariamente se tenga por acreditada la acción.
Precedentes
Amparo civil directo. 2188/53. E. de Vignon Rosa. 20 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.