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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341109
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 426
COMPRAVENTA EN ABONOS, FALTA DE PAGO DE LOS, POR MUERTE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 426
Si no es posible comprobar que el fallecimiento de un comprador aconteció antes o después de la fecha en que debía pagar el abono correspondiente al mes del fallecimiento, es claro que la falta de cumplimiento de tal pago, en forma alguna puede imputársele, por lo que, por equidad, debe resolverse que su sucesión puede hacerlo después, tomando en cuenta en primer lugar que tratan de evitarse perjuicios y no obtener un lucro, en segundo, que el comprador en abonos es la parte económicamente débil, cuando esto se deduce por la poca monta de estos, y por ser el vendedor una compañía fraccionadora, y máxime si antes del cumplimiento estaba al corriente en el pago.
Precedentes
Amparo civil directo 1460/53. Dávila Vázquez Elisa, Suc. de. 20 de enero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes:Vicente Santos Guajardo y José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.