Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/341111
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341111
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 428
PROPIEDAD, TITULOS PARA LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 428
Un documento que ejecutoriadamente ha sido declarado penalmente falsificado, no puede servir de título de propiedad a una persona, tan sólo porque ésta no fue oída en el juicio en que tal declaración de falsedad fue hecha, ya que lo procedente sería que esa persona impugnara legalmente la repetida declaración.
Precedentes
Amparo civil directo. 2788/53. Vázquez Gutiérrez Arcadio, sucesión de. 20 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.