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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341126
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 517
VIOLACIONES INFUNDADAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 517
Son infundados los conceptos de violación que se apoyan en un hecho falso.
Precedentes
Tomo CXIX, página 4429. Indice Alfabético. Amparo civil directo 3414/52. Pérez Ramírez de Novoa Josefina. 22 de enero de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Relator: Gabriel García Rojas.
Tomo CXIX, página 517. Amparo civil directo 2062/52. Ramírez viuda de Pérez Clara. 22 de enero de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Relator: José Castro Estrada.