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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 775
MEDIANERÍA, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 775
La declaración emitida por el vendedor, en un contrato de compraventa, sobre que una pared no es medianera, si bien tiene el valor de un indicio que, robustecida por otros datos serios convergen por alcanzar la categoría de prueba plena, por sí sola no es apta para crear la plena convicción, ya que constituye una manifestación hecho sin conocimiento ni consentimiento del colindante, que es la persona directamente interesada en el tema de la medianería.
Precedentes
Amparo civil directo 7858/46. Vargas N. Francisco. 2 de Febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.