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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341193
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 824
SOBRESEIMIENTO POR FALTA DE PROMOCION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 824
Si a partir de la fecha en que sea retirado de la lista un amparo, transcurren más de doscientos días después de descontar los inhábiles, sin que el quejoso haya hecho promoción alguna, y sin que en el expediente haya habido acción procesal, debe sobreseerse en el amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 1429/52. Pérez Sánchez Eduardo y coags. 4 de febrero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Relator: Rafael Rojina Villegas.