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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341207
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 950
ARRENDAMIENTO, CAMBIO DE DESTINO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 950
Aun cuando el Código Civil distingue los arrendamientos, según que se destinen a habitación, a industria, a comercio o a fines agrícolas, el cambio de uso contrario a lo establecido en la fracción II del artículo 2489 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, no se produce solamente cuando el inmueble arrendado para comercio, se destine a habitación o al establecimiento de una industria, sino que si conforme al principio de la autonomía de la voluntad de los contratantes estipulan que un local se destinará a determinado comercio, es indudable que sí se cambia ese destino si en dicho local, aunque sea en un espacio reducido, se pone un comercio de rama completamente distinta del comercio establecido, pues solamente puede estimarse que no hay cambio de destino cuando dentro del mismo ramo comercial se establece otro que lleve un fin similar, como en el caso de dulcería, que cuenta con departamentos de nieves y refrescos, etc.
Precedentes
Amparo civil directo 3504/53. López Vázquez Javier. 11 de febrero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rafael Rojina Villegas y Gabriel García Rojas. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Engrose: José Castro Estrada.