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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341215
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1056
CERTIFICACIONES NOTARIALES FUERZA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1056
Una certificación notarial carece de valor probatorio cuando lo que afirma es contrario a lo asentado en una escritura publica, máxime si la certificación no aparece tomada de libro o protocolo alguno, y es nula porque de acuerdo con el artículo 74 de la Ley del Notariado, solo se puede expedir certificación de los actos que consten en el protocolo.
Precedentes
Amparo civil directo 4235/52. Mendoza Ugarte Luis. 15 de febrero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabriel García Rojas e Hilario Medina. Ponente: Hilario Medina.