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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1155
OFRECIMIENTO EN PAGO Y CONSIGNACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1155
Si no aparece constancia alguna en autos de que el deudor haya hecho el ofrecimiento en pago y la consignación, cumpliendo con las prescripciones relativas a la tramitación en el juicio respectivo, no puede estimarse procedente la excepción de pago, fundada en dichos ofrecimientos y consignación.
Precedentes
Amparo civil directo 6238/51. Ibargüen Nicolás. 18 de febrero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabriel García Rojas y Rafael Rojina Villegas. Relator: Hilario Medina.