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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1354
POSESION DE ESTADO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1354
El solo hecho de no presentar las actas de nacimientos de quien pretende tener la posesión de estado de hijo de matrimonio y la de matrimonio de los padres, de manera notoria hace presumir la falta de dichas actas, salvo prueba en contrario, ya que es evidente que no se va a acudir a la posesión de estado por el camino más difícil, cuando sería tan fácil, en caso de existir realmente las actas respectivas.
Precedentes
Amparo civil directo 3539/52. Elizalde Arrieta Eulalia Prisciliana y coags. 26 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Gabriel García Rojas.