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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1503
SOBRESEIMIENTO DECRETADO CON APOYO EN UNA LEY QUE EL QUEJOSO ESTIMA INCONSTITUCIONAL, AMPARO IMPROCEDENTE EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1503
Si se pide amparo contra los actos consistentes en la inconstitucionalidad de la Ley de Amparo por lo que ve a u artículo 74, fracción I; en la promulgación y publicación de dicha Ley, y en la aplicación de la misma por la Suprema Corte de Justicia, al sobreseer, con apoyo en ella, en otro amparo, como lo que se reclama es no sólo la inconstitucionalidad de una ley sino su aplicación por la Suprema Corte, señalándose en la nueva demanda, como acto reclamado, la resolución dictada por dicho Alto Tribunal, en realidad lo que se pretende es que se deje sin efecto el sobreseimiento decretado, petición del todo improcedente, dada la ejecutoriedad de toda sentencia de amparo' y por tanto, es infundada la reclamación interpuesta contra el auto que no admitió la citada demanda.
Precedentes
Reclamación 4003/52. Lugo Salazar Armando. Suc. de. 29 de noviembre de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. Engrose: José Castro Estrada.