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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1528
LEYES, VIGENCIA DE LAS, EN OTROS ESTADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1528
Las leyes vigentes en un estado de la República no pueden ni deben estimarse como extranjeros en otro y por ello sujetas a prueba.
Precedentes
Amparo civil directo 708/52. Cisneros de Otero Mercedes. 5 de Marzo de 1954.Unanimidad de cinco votos. Relator: José Castro Estrada.