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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1639
TIERRAS, FIANZA EN LA SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1639
Los daños y perjuicios que se sufre con motivo de la suspensión que tiene por objeto detener la desposesión de unas tierras, son el menoscabo que sufre la tierra por el cultivo hecho por el detentador y lo que se deje de percibir por el cultivo que a dicha tierra tenía destinada el perjudicado, calculados por un año que es el término probable de la duración del amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 197/53. Flores Gallegos Eugenia. 10 de marzo de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rafael Rojina Villegas y Vicente Santos Guajardo. Ponente: Vicente Santos Gallardo.