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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1899
ABANDONO DE HOGAR, QUEBRANTAMIENTO DE DEPOSITO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1899
El abandono que da lugar a divorcio es el que se realiza con intención deliberada de desentenderse de las obligaciones nacidas del matrimonio, con grave desconsideración y perjuicio para el cónyuge abandonado, y no aquel en que la mujer depositada quebranta el depósito, pero no volvió al lado de su marido por el justificado temor de ser víctima de sus malos tratamientos, máxime si ha buscado refugio con sus hijos al lado de sus padres; y en tal caso el esposo debe probar la causal de abandono justificado que contrademandó, con motivo del quebrantamiento del depósito.
Precedentes
Amparo civil directo 4590/53. García de Alvarez Eva Norma. 18 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente. Vicente Santos Guajardo.