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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341344
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2076
TITULOS DE CREDITO EXPEDIDOS POR MANDATARIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2076
Cuando una persona se ostenta como apoderado de otra y firma un documento de crédito, si no se acredita el poder oportunamente es responsable de la obligación que le resulte, conforme a la segunda parte del artículo 1802 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo civil directo 3727/53. Abad viuda de Rodríguez María. 25 de marzo de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. La publicación no menciona el nombre del ponente.