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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2368
INTERDICTO DE RETENER LA POSESION (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2368
Si el quejoso no alega que ejerza realmente la posesión sobre determinado inmueble, sino sólo sostiene ser el legítimo propietario de una manzana de terreno, cuyos linderos afirma estar invadidos por el inmueble de que es dueño el tercero perjudicado, no es procedente el interdicto de retener, ya que estos problemas son adecuados en un juicio reivindicatorio, en uno plenario de posesión o en un litigio expresamente planteado sobre nulidad de escritura de dominio, y no en un interdicto de retener en que el debate debe reducirse a dilucidar quien tiene de hecho la posesión artículo 790 del Código Civil.
Precedentes
Amparo civil directo 5328/50. Cooperativa de Trabajadores del Volante y Mecánicos de la Laguna, S. C. L. 10 de febrero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.