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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341391
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2466
INQUILINATO EN VERACRUZ, EL ARTICULO 8o. DE LA LEY DE, NO ES INCONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2466
Aun en el supuesto de que el artículo 8o. de la Ley del Inquilinato en Veracruz derogase disposiciones del Código Civil de dicho estado, este hecho no daría base para calificarlo de inconstitucional, porque siendo el Código Civil citado una ley ordinaria, otra del mismo tipo podía válidamente hacer cesar su vigencia.
Precedentes
Amparo civil directo 2944/936. Landeche de Urdapilleta Otilia. 5 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.