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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2552
COMPRAVENTA AD CORPUS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2552
Una venta ad corpus requiere que haya una identificación precisa, exacta e indubitable en cuanto a los linderos del objeto vendido, pues el precio se calcula en función de la cosa que se vende y ésta se identifica a través de medios que deben ser inconfundibles y faltando este requisito no puede considerarse con tal carácter a dicho contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 3737/52. Palomera de Anaya Juana. 10 de julio de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y Agustín Mercado Alarcón. Ponente: Vicente Santos Guajardo. Engrose: Gabriel García Rojas.