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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3171
EXPROPIACION, PROCEDIMIENTO PARA LA (LEGISLACION DE MORELOS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3171
La expropiación es, en esencia, una venta forzosa decretada por el estado, cuando el propietario de la cosa no se allana a venderla y esta es necesaria para satisfacer una necesidad de utilidad pública; de manera que la intervención judicial posterior es un tramite especial de jurisdicción contenciosa, que tiene por objeto fijar el monto de la indemnización, o sea, el precio de la cosa, en donde en partes el estado por un lado y el o los expropiados por el otro, aquel y este con diversos puntos de vista en cuanto al precio. Así pues, no son aplicables en la especie los artículos 1346, 1348 y 1352, que se contraen a las diligencias de jurisdicción voluntaria.
Precedentes
Amparo civil directo 618/53. Saavedra Salvador S. 16 de noviembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José Castro Estrada.