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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341421
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3210
CONTRATOS, LEYES APLICABLES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3210
Si se celebra un contrato de compraventa sobre unos lotes para ser fraccionados, al exigirse el cumplimiento de dicho contrato, debe aplicarse el Código Civil que regió el problema y no la Ley de Planificación que se haya dictado con posterioridad, si no se demuestra que hubiese una ley expedida.
Precedentes
Amparo civil directo 1757/53. Villarreal Calderón Lázaro y coagraviados. 25 de noviembre de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: José Castro Estrada. Engrose: Agustín Mercado Alarcón.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 301, cuarta tesis relacionada con la jurisprudencia 107, de rubro "CONTRATOS. SUS EFECTOS SE RIGEN POR LA LEY VIGENTE AL MOMENTO DE SU CELEBRACION.".