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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341424
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3280
DEMANDA, FALTA DE CONTESTACION A LA (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3280
Conforme al Código de Procedimientos Civiles, cuando no se contesta la demanda, esta se tiene por contestada en sentido negativo estableciéndose una litis abierta en la que el demandado podrá presentar prueba de sus excepciones durante la tramitación del juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 456/53. Contreras Rafael. 5 de diciembre de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y José Castro Estrada. Ponente: José Castro Estrada.