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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341445
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 27
DEMANDA, CONTENIDO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 27
Sólo en el escrito de demanda se pueden hacer constar los hechos que deben ser tomados en cuenta al dictarse la sentencia.
Precedentes
Amparo civil directo 76/53. Paredes Gemma y coags. 2 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Rafael Rojina Villegas. Los Ministros Vicente Santos Guajardo y Gabriel García Rojas no votaron por las razones que constan en el acta del día.