Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/341450
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 68
MENORES, VENTA DE BIENES DE LOS ( LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 68
Cuando se vende un inmueble que pertenece a mayores y menores, debe hacerse a través del legítimo representante de éstos la notificación correspondiente para que puedan hacer uso del derecho del tanto, y la omisión de ésta notificación produce la nulidad de la compraventa.
Precedentes
Amparo civil directo 2344/52. Muñoz Castro Joaquín y coags. 8 de octubre de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: Gilberto Valenzuela (ponente). Los Ministros Vicente Santos Guajardo y Gabriel García Rojas no votaron por las razones que constan en el acta del día.