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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341458
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 150
ARRENDAMIENTO, REVALUACION DE LA FINCA OBJETO DEL (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 150
Si el Juez tuvo elementos para establecer el revalúo de una finca dada en arrendamiento, necesariamente tiene que resolver sobre la nueva renta que deba pagar el inquilino, y al hacerlo no viola el principio de congruencia. Por otra parte, al establecer la Ley Inquilinaria el reavalúo de las fincas, implica que se condene al inquilino al pago de la nueva renta que se señale.
Precedentes
Amparo civil directo 2718/53. Pérez Esperanza. 16 de octubre de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro Herera. Relator: Rafael Rojina Villegas.. El Ministro Gabriel García Rojas no voto por las razones que constan en el acta del día.