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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 225
NOTIFICACIONES A LAS AUTORIDADES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 225
Si la sentencia impugnada se notificó en cierta fecha, según acuse de recibo postal correspondiente, es evidente que contra tal prueba no puede prevalecer una aseveración de la autoridad interesada, que se apoya en un sello puesto en el documento relativo, que obraba en su poder, puesto que dicha autoridad o sus subalternos, estaban en posibilidad de estampar ese sello en cualquier tiempo.
Precedentes
Recurso de reclamación 2603/53. Latuf Solís Eduardo. 23 de octubre de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.