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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 423
VIOLACIONES INFUNDADAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 423
Si no hay congruencia alguna entre los preceptos que se dicen violados y el concepto de las violaciones, no hay lugar para tener por acreditada la infracción de esos preceptos.
Precedentes
Amparo civil directo 2832/53. Faces Sánchez Juan. 6 de noviembre de 1953. Mayoría de tres votos. Ausente: Gabriel García Rojas. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Engrose: José Castro Estrada.