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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341489
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 527
AMPARO, PREPARACION DEL. (VIOLACIONES INFUNDADAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 527
Es infundada la violación que no se hace valer por vía de agravio en la segunda instancia, pues la litis no puede cambiarse en el amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 2592/53. Villanegrete Juan y coag. 12 de noviembre de 1953. Mayoría de tres votos. Ausente: Gabriel García Rojas. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Engrose: José Castro Estrada.