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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341507
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 679
PROTESTO, NO ES NECESARIO PARA LA ACCION CAMBIARIA DIRECTA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 679
Tratándose del ejercicio de la acción cambiaria directa en contra del aceptante de un título de crédito, no es necesario haberlo protestado previamente, ya que el cumplimiento de tal requisito es para el caso del ejercicio acción en la vía de regreso.
Precedentes
Amparo civil directo 4064/53. Marín Canalizo Joaquín. 26 de noviembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabriel García Rojas no intervino por las razones que constan en el acta del día. Relator: Rafael Rojina Villegas.