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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341518
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 683
ACTOS CONSUMADOS DE MODO IRREPARABLE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 683
Lo son aquellos cuyos efectos no es posible hacer desaparecer, volviendo las cosas a su estado anterior. Por tanto, una sentencia no puede ser considerada de tal forma, por ser un acto susceptible de ser reparado a través del juicio constitucional.
Precedentes
Amparo civil directo 1752/53. Ruiz de Cuenca Mercedes. 26 de noviembre de 1953. Mayoría de tres votos. Ausente: Gabriel García Rojas. Disidente: Rafael Rojina Villegas( Relator). El Ministro Gabriel García Rojas no intervino por las razones que constan en el acta del día.