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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 909
DAÑOS Y PERJUICIOS POR CAUSAS AJENAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 909
Aunque los daños y perjuicios ocasionados una de las partes, se hayan debido a causas que a ninguna de ellas puedan ser imputadas, es indudable que si esos daños y perjuicios consisten en, haberse dejado de obtener un lucro por la falta de entrega de una cosa, si de dicha falta de entrega es responsable quien debía hacerla, el mismo debe responder por los daños y perjuicios.
Precedentes
Amparo civil directo 4330/52. Kreimerman Abraham. 17 de abril de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Roque Estrada. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Engrose: Rafael Rojina Villegas.