Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/341577
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 270
POSESION EN CONCEPTO DE DUEÑO (LEGISLACION DE GUERRERO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 270
Es insostenible jurídicamente que una persona no posea en concepto de propietaria, porque no llegó a perfeccionar operación alguna traslativa de dominio porque poseer en concepto de propietario significa exclusivamente poseer con ánimo de dueño, es decir, poseer, para sí, con posesión originaria, y no para otro con posesión derivada, como poseen los herederos, los depositarios, etc., de manera que no puede considerarse que sólo posee en concepto de propietario el que posee por virtud de un título traslativo de dominio, y la mejor prueba de ello está en que el poseedor de mala fe, que es el que no tiene título alguno, puede poseer en concepto de propietario, como lo revela la fracción III del artículo 1152 del Código Civil.
Precedentes
Amparo civil directo 6522/51. Rodríguez Adolfo. 10 de julio de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: Gabriel García Rojas. La publicación no menciona el nombre del ponente.