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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341587
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 334
COMPAÑÍAS DE SEGUROS INTERVENIDAS, AMPARO PEDIDO POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 334
Intervenida una compañía de seguros por disposición de la Comisión Nacional de Seguros, al designarse interventor y disponer que éste proceda a recibir los bienes, valores y derechos de dicha sociedad y se encargue de los negocios sociales, con exclusión de los organismos ordinarios de administración de la empresa, y que desde la fecha de la intervención el consejo de administración y el gerente dejarán de representar a la propia compañía en toda clase de negocios, debe entenderse que esta taxativa sólo puede referirse a la contratación de otros nuevos por parte de la institución intervenida y al manejo de los sociales, como establece el artículo 118 de la Ley de Instituciones de Crédito. Por tanto, las funciones del gerente, deducidas de su designación, para representar a la empresa intervenida en asuntos judiciales pendientes, no quedaron desvirtuadas con la intervención, ya que ésta tiene el carácter temporal y no modifica lo establecido en la escritura constitutiva, y por lo mismo, el gerente designado como mandatario en dicha escritura para el desempeño de su cargo, puede válidamente interponer amparo por la compañía, en asuntos, que datan de fecha anterior a la intervención.
Precedentes
Recurso de reclamación 6098/51. "La Consolidada", Compañía de Seguros, S. A. 15 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.