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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341633
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 525
INQUILINATO EN VERACRUZ, RENOVACION DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 525
Cuando incidentalmente se pide la revaluación de un inmueble como el otorgamiento de un nuevo contrato, con la renta que resulte de acuerdo con la ley, la sentencia debe condenar al otorgamiento de ese contrato en las mismas condiciones que el anterior, salvo el monto de la renta que debe ser de acuerdo con el peritaje, y sin que sea menester que el fallo declare rescindido el contrato anterior, pues la consecuencia legal de aquél es que éste queda sin efecto, lo que equivale en el fondo a la rescisión.
Precedentes
Amparo civil directo 413/53. Fernández viuda de Cangas Concepción. 3 de agosto de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón.